El Consejo Nacional de la Actividad Física, el Deporte y la Recreación del Instituto Panameño de Deportes (PANDEPORTES), mediante la Resolución N° 11-2017-C.N. de cinco de mayo de 2017, estableció los parámetros ante los cuales las organizaciones y asociaciones con fines deportivos, competitivos o recreativos y centros de desarrollo deportivo obtengan su personería jurídica.
BENEFICIOS DE OBTENER UNA PERSONERÍA JURÍDICA:
Es oportuno tener en cuenta que, ser una organización o asociación deportiva reconocida por PANDEPORTES, facilita el camino hacia la profesionalización de sus gestiones y crecimiento deportivo, brindando diferentes beneficios, dentro de los cuales podemos destacar:
* Legitimación para reclamos de derechos formativos sobre jugadores.
* Cumplir con los estándares exigidos por clubes extranjeros, para realizar transferencias internacionales de jugadores.
* Oportunidad de ser sujeto autorizado para recibir donaciones deducibles de impuestos sobre la renta.
* Facilidad para gestionar patrocinios con empresas privadas y entidades estatales.
* Legitimación para reclamos de derechos formativos sobre jugadores.
* Cumplir con los estándares exigidos por clubes extranjeros, para realizar transferencias internacionales de jugadores.
* Oportunidad de ser sujeto autorizado para recibir donaciones deducibles de impuestos sobre la renta.
* Facilidad para gestionar patrocinios con empresas privadas y entidades estatales.
REQUISITOS ESENCIALES DEL PROCESO PARA LA OBTENCIÓN DE LA PERSONERÍA JURÍDICA:
cabe destacar que, dependiendo de la finalidad de la asociación u organización deportiva, se deberán presentar con la solicitud ciertos requisitos específicos, en este sentido, consideramos oportuno indicarles los requisitos básicos para ello:
* Solicitud por escrito, y, poder especial en casa de realizar la gestión mediante apoderado legal.
* Acta de constitución firmada por los miembros fundadores.
* Acta de aprobación del Estatuto suscrita por el presidente y el secretario.
* Estatutos aprobados y firmados por el presidente y secretario.
* Acta de elección de la Junta Directiva, debidamente firmada por los miembros fundadores.
* Opinión favorable de constitución como afiliada a la Federación o Asociación Nacional Deportiva respectiva.
* Listado de miembros de la Junta Directiva, los cuales deberán:
- Ser panameño residente en Panamá y mayor de edad.
- Tener conocimientos en disciplinas deportivas o administración.
- No haber sido condenado por delito doloso con pena privativa de libertad, ni delitos contra la Administración Pública.
En ROSAS RODRÍGUEZ & ASOCIADOS, estamos a su entera disposición para brindarles asesoría.
* Solicitud por escrito, y, poder especial en casa de realizar la gestión mediante apoderado legal.
* Acta de constitución firmada por los miembros fundadores.
* Acta de aprobación del Estatuto suscrita por el presidente y el secretario.
* Estatutos aprobados y firmados por el presidente y secretario.
* Acta de elección de la Junta Directiva, debidamente firmada por los miembros fundadores.
* Opinión favorable de constitución como afiliada a la Federación o Asociación Nacional Deportiva respectiva.
* Listado de miembros de la Junta Directiva, los cuales deberán:
- Ser panameño residente en Panamá y mayor de edad.
- Tener conocimientos en disciplinas deportivas o administración.
- No haber sido condenado por delito doloso con pena privativa de libertad, ni delitos contra la Administración Pública.
En ROSAS RODRÍGUEZ & ASOCIADOS, estamos a su entera disposición para brindarles asesoría.
