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¿SE LE PUEDE NEGAR EL INGRESO O REVOCÁRSELE UN PERMISO DE RESIDENCIA A UN EXTRANJERO?

El Servicio Nacional de Migración, en el artículo 50 del Decreto Ley 3 de 22 de febrero de 2008, establece cuales son las causales para negar el ingreso o revocar el permiso de residencia de un extranjero, a saber:

  1. Existencia de una orden expedida por una autoridad competente que impida su entrada.

  2. Presentar a la autoridad competente, documentación nacional o extranjera, material o ideológicamente fraudulenta o adulterada, con el propósito de obtener la visa de ingreso al territorio nacional.

  3. Intentar ingresar al territorio nacional con un documento que no cumple con los requisitos que exige la legislación vigente.

  4. Tener antecedentes penales del país de origen o procedencia.

  5. Constituir un riesgo o amenaza a la seguridad nacional o a la comunidad internacional.

  6. Padecer alguna enfermedad que el Ministerio de Salud califique como riesgo sanitario o provenir de un país o región que la Organización Mundial de la Salud o la Organización Panamericana de la Salud hayan declarado de alto riesgo epidemiológico.

  7. Haber sido deportado o expulsado del país y la orden se mantiene vigente.

Contáctanos para más información en temas migratorios.

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