El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, mediante la Resolución Nº DM-153-2020 de 30 de abril de 2020, publicada en la Gaceta Oficial 29014-A, de igual fecha, ha extendido la vigencia de los permisos de trabajo vencidos, hasta el 30 de mayo del 2020; medida que puede ser prorrogada o suspendida, conforme las instrucciones que proporcionen las autoridades sanitarias, dentro de las medidas de distanciamiento social, para evitar la propagación del virus COVID-19.
De igual forma, el Departamento de Migración Laboral, del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, mantiene suspendida la atención a los usuarios, trámites de filiación, presentación, seguimiento, entrevistas matrimoniales, notificaciones, toma de fotos para la expedición de carné de trabajo.
Por último, la mencionada Resolución, ordena la suspensión de todos los términos judiciales y actuaciones dentro del Departamento de Migración Laboral, hasta el 30 de mayo de 2020 y, como lo indicamos en nuestra noticia anterior referente a esta materia, los términos para presentación de recursos, solicitudes y aportaciones de documentos están en suspenso.
Rosas Rodríguez & Asociados se encuentra a vuestra disposición para brindarles asesoría en esta materia
