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Actualización del Registro Único de Contribuyente (RUC)

La administración tributaria, mediante la recién proferida Resolución No. 201-4984 de 12 de julio de 2022, ha determinado regular el procedimiento para la inscripción de personas jurídicas, en el Registro Único de Contribuyentes (R.U.C.), de la Dirección General de Ingresos, a través de la cual se establece, entre otros, la obligatoriedad de que consten registrados tanto el agente residente (para las personas jurídicas), como un Contador Público Autorizado (personas naturales y jurídicas), dentro del segmento “terceros vinculados”, que se observa en la pestaña de actualización de R.U.C., en la plataforma e-tax 2.0.

Nótese que, en el caso de personas jurídicas que no hayan declarado con anterioridad y que, actualmente, no estén operativas o solo posean activos, no deben contar con la figura del Contador Público Autorizado, vinculado, entre sus datos generales.

Para vuestra mayor referencia, entrar al siguiente vínculo, a fin de observar el resto de las disposiciones contempladas en la referida resolución: https://www.gacetaoficial.gob.pa/pdfTemp/29581/92663.pdf

Adicionalmente, cabe destacar que se ha emitido la Resolución No. 201-5297 de 2022, publicada en Gaceta Oficial el 28 de julio de 2022, que otorga una extensión al plazo, para las actualizaciones de los Registros Únicos de Contribuyentes (R.U.C.), en la plataforma digital tributaria, hasta el 31 de agosto de 2022.

En ROSAS RODRÍGUEZ & ASOCIADOS estamos a su disposición para atender sus consultas y asesorarle en lo relativo al cumplimiento de lo dispuesto en las resoluciones antes señaladas, para la correcta actualización de sus datos generales como contribuyente, ante la administración tributaria.

 

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