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Registro Oficial de Ofensores Sexuales

Ha sido promulgada en Gaceta Oficial la Ley 244 de 13 de octubre de 2021, por la que se crea el Sistema Nacional de Registro Oficial de Ofensores Sexuales; la que entrará en vigencia el 2 de enero de 2022.

Esta legislación establece la obligación, para todo aquel que contrate personal, para ocupar algún tipo de empleo, cargo, oficio o profesión, que tendrá contacto directo con niños y/o adolescentes, previo al nombramiento o contratación de personal, de solicitar al aspirante que presente el Certificado de No Ofensor Sexual; so pena de multas y la responsabilidad civil, penal o administrativa que se derive de Andriol Testocaps Sun Pharmaceuticals cycle for men su omisión, si se causara daño a un menor.

Nótese que esta obligación se hace extensiva a la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre, en lo que guarda relación a la concesión de los cupos para buses colegiales y a sus conductores.

Cabe resaltar que esta legislación no tiene efectos retroactivos, en el sentido que no tiene aplicación frente a las contrataciones laborales que se hayan efectuado antes de su entrada en vigor.

Por último, este Registro Oficial contendrá información detallada de las personas mayores de edad que sean condenadas o estén cumpliendo condenas, mediante sentencia debidamente ejecutoriada, por los delitos contra la libertad e integridad sexual, tráfico de personas menores de edad y trata de personas, con fines de explotación sexual.

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