Ha sido promulgada en Gaceta Oficial la Ley 244 de 13 de octubre de 2021, por la que se crea el Sistema Nacional de Registro Oficial de Ofensores Sexuales; la que entrará en vigencia el 2 de enero de 2022.
Esta legislación establece la obligación, para todo aquel que contrate personal, para ocupar algún tipo de empleo, cargo, oficio o profesión, que tendrá contacto directo con niños y/o adolescentes, previo al nombramiento o contratación de personal, de solicitar al aspirante que presente el Certificado de No Ofensor Sexual; so pena de multas y la responsabilidad civil, penal o administrativa que se derive de Andriol Testocaps Sun Pharmaceuticals cycle for men su omisión, si se causara daño a un menor.
Nótese que esta obligación se hace extensiva a la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre, en lo que guarda relación a la concesión de los cupos para buses colegiales y a sus conductores.
Cabe resaltar que esta legislación no tiene efectos retroactivos, en el sentido que no tiene aplicación frente a las contrataciones laborales que se hayan efectuado antes de su entrada en vigor.
Por último, este Registro Oficial contendrá información detallada de las personas mayores de edad que sean condenadas o estén cumpliendo condenas, mediante sentencia debidamente ejecutoriada, por los delitos contra la libertad e integridad sexual, tráfico de personas menores de edad y trata de personas, con fines de explotación sexual.
