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AHORRA UN 15% EN EL IMPUESTO DE INMUEBLE 2023.

Como medida transitoria de alivio tributario, mediante Ley 337 de 2022, se otorga un descuento del quince por ciento (15%) sobre el importe total anual del impuesto de inmueble del año 2023.

Para obtener este beneficio fiscal debe cancelarse, completamente, el monto del impuesto de inmueble anual, hasta el 30 de abril de 2023; es decir, dentro del primer cuatrimestre del año.

El impuesto de inmueble es un impuesto anual, pagadero en tres partidas, cada una con vencimiento el 30 de abril, el 31 de agosto y el 31 de diciembre, de cada año.

Cabe resaltar que, este beneficio transitorio también será aplicable para el año fiscal 2024.

Nótese que el descuento habitual, por el pago total, por adelantado, del impuesto de inmueble anual, es del  diez por ciento (10%).

Es importante tener presente que, en algunos casos, la finca puede ser beneficiada con la exoneración del pago del impuesto de inmueble, ya sea sobre las mejoras construidas, sobre el terreno o sobre ambos, ello en atención a la legislación aplicable en cada caso.

Por esto, es primordial que el contribuyente tenga acceso a la cuenta corriente de la finca en E-tax 2.0, verifique que la información catastral este actualizada correctamente y que solicite el reconocimiento de la exoneración que pueda caberle a la finca, debido a que este no aplica de forma automática.

En ROSAS RODRÍGUEZ & ASOCIADOS estamos a su disposición para atender sus consultas y asesorarle en planificación del pago de sus obligaciones tributarias.

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