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Período de amnistía tributaria

Este se extiende hasta el 31 de agosto de 2021, solo para los contribuyentes que, al 31 de enero de 2021, se encontraban morosos en el pago de impuestos, tasas y contribuciones especiales.

Quienes se acojan a la amnistía tributaria – personas naturales, jurídicas o bienes inmuebles (fincas)- obtendrán como beneficio la condonación del 85% de la totalidad de los intereses, recargos y multas; siempre que el pago se realice hasta el 31 de agosto de 2021.

Convenio de arreglo de pago

También, existe la posibilidad de acogerse un arreglo de pago, bajo condición de que se formalice el convenio hasta el 31 de agosto de 2021 y se realice un abono del 25% del impuesto nominal adeudado, lo que incluye capital y el 15% de los intereses, recargos y multas; contando el contribuyente hasta el 31 de diciembre de 2021, para cancelar lo adeudado. De no cumplirse con el convenio de pago, se cargará la totalidad de los intereses, recargos y multas.

ROSAS RODRÍGUEZ & ASOCIADOS se encuentra a disposición para asesorarle y acompañarle en la gestión de  convenio de arreglo de pagos.

 

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