En atención al alto número de solicitudes de prórrogas y residencias permanentes reguladas por el Decreto Ejecutivo No. 236 de 15 de septiembre de 2021, el Servicio Nacional de Migración ha ordenado suspender, de manera provisional, la recepción de nuevas solicitudes, dentro de esta categoría migratoria, hasta el 30 de abril de 2022, mediante la Resolución No. 1744 de 26 de enero de 2022.
Asimismo, la Resolución extiende la vigencia de los permisos de Regularización Migratoria Extraordinaria y General, desde el 1 de julio de 2021, hasta el 30 de abril de 2022; por tanto, los carnés vencidos durante este período no generarán multa.
Finalmente, a partir del 1º de mayo de 2022, el proceso de recepción de solicitudes de prórrogas y residencias permanentes, a que se refiere el Decreto Ejecutivo No. 235 de 15 de 2021, se realizará a través del Departamento de Recepción de Documentos del Servicio Nacional de Migración, esto quiere decir que, desde la fecha en cuestión, se suprime la solicitud de citas para tales fines.
Por su parte, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, por medio de la Resolución No. DM-020-2022 de 9 de febrero de 2022, ha extendido la vigencia de las resoluciones y de los carné de los Permisos de Trabajo por Razones Humanitarias (crisol de razas), para los casos con vencimientos entre el 1 de julio de 2021 hasta el 30 de abril de 2022; por lo que la última fecha de vencimiento, para los permisos extendidos, será el 30 de abril de 2022.
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