Arbitraje, cómo, cuándo y dónde.
Por:
Ausberto Abdiel Rosas Rodríguez
Socio fundador en Rosas Rodriguez & Asociados
Cómo. El arbitraje nace de una decisión voluntaria e inequívoca de las partes, debiendo constar siempre por escrito y como un acuerdo per se, independiente, o pactado, dentro de las cláusulas de un contrato.
Cuándo. Puede pactarse previo a que exista un conflicto o posterior a su existencia.
Dónde. También, puede convenirse en que sea administrado por una entidad reconocida para ello o de forma independiente, ad hoc. Adicionalmente, en casos internacionales se debe estudiar la ubicación del “lugar del arbitraje”.
Pese a que el arbitraje tiene múltiples ventajas, es preciso recalcar que debe estudiarse, en cada caso, los pro y contras asociados, dependiendo del tipo de relación jurídica habida entre las partes y de la naturaleza de los potenciales conflictos que puedan surgir entre estas.
En Rosas Rodríguez & Asociados nos especializamos en procedimientos arbitrales, si desea asesoría en este tema. no dude en contactarnos por correo a: info@rosasabogadoscom.
