Por medio de la Resolución N° DM-225-2020 de 19 de agosto de 2020, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, ha dictado una nueva extensión o prórroga de la vigencia de los permisos de trabajo, que vencían entre los meses de marzo a septiembre de 2020; todo ello como consecuencia de los efectos de la pandemia COVID-19.
En este sentido, la extensión automática, de la validez de los permisos de trabajo, operará así:
Mes de Vencimiento |
Prorrogado Hasta |
| Marzo 2020 | 30 de septiembre de 2020 |
| Abril 2020 | 31 de octubre de 2020 |
| Mayo 2020 | 30 de noviembre de 2020 |
| Junio 2020 | 31 de diciembre de 2020 |
| Julio 2020 | 31 de enero de 2021 |
| Agosto 2020 | 28 de febrero de 2021 |
| Septiembre | 31 de marzo de 2021 |
Por ende, les exhortamos a tramitar, oportunamente, las renovaciones de vuestros permisos de trabajo, con independencia de la prórroga automática concedida, para evitar caer en su expiración y en sanciones.
Destacamos que, salvo lo antes indicado, siguen rigiendo las demás disposiciones de la Resolución Nº DM-163-2020 de 18 de junio de 2020, para lo cual los invitamos a leer nuestro artículo previo https://rosasabogados.com/permisos-de-trabajo-en-panama/ y que toda la tramitación, ante el Departamento de Migración Laboral, se debe hacer mediante la solicitud de cita previa, a través de los correos institucionales o líneas telefónicas que han habilitado para tales fines y no mediante la plataforma de Mitradel Digital, como lo habían mencionado en Resoluciones anteriores
ROSAS RODRÍGUEZ & ASOCIADOS está a su disposición, para brindarle asesoría y acompañamiento en la renovación de su permiso de trabajo.
